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«TSJ se debe pronunciar sobre amparo que declaró con lugar en Colegio de Abogados»

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La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, se debe pronunciar sobre el amparo que declaró con lugar cuando ordenó a la junta directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo, que convocara la asamblea general de agremiados para elegir una nueva comisión electoral, dijo la especialista en derecho constitucional, Lyli López.

El fin es que el órgano comicial, es decir la comisión electoral que elijan, convoque y realice el proceso electoral para la renovación de las autoridades de la organización gremial, el cual fue suspendido por el alto tribunal el pasado 25 de mayo, explicó.

Ese día el alto tribunal declaró inadmisible la impugnación a partir de la cual se solicita…»se declare el cese de las funciones de la junta electoral y se llame a una nueva elección de la junta electoral». De acuerdo al numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre los Derechos y Garantías Constitucionales.

La decisión de amparo

El TSJ había publicado la decisión de amparo para ese entonces, luego de que los abogados, Ramón Carmona, Octavio Mujica Sevilla, y Yenirett Dubraska Doglia, interpusieran una acción de amparo constitucional, declarada con lugar, contra el presidente del Colegio, Nelson Riedi; y el resto de los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo. «(…) en virtud de la conducta omisiva que desde hace más de dos, (2), años han mantenido, para convocar y organizar las elecciones (…)”.

La solicitud de los abogados, Carmona, Mujica Sevilla y Doglia, indica que la petición se hizo «de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Procesos Electorales, la Ley de Abogados, su Reglamento y las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales dictadas por el Consejo Nacional Electoral».

La directiva del Colegio de Abogados cumplió con el mandato del TSJ, convocó la asamblea general de los agremiados y ahora suspendió aunque quedó firme la comisión electoral como legitima y legal, dijo Lyli López, aspirante al Tribunal Disciplinario por la Plancha No 1.

«Esperamos que esa honorable Sala Electoral, en su alta función de salvaguardar los principios constitucionales consagrados en los artículos, 2,6, 26 y 27 de la Constitución Bolivariana, de manera concordante con la doctrina que ha venido estableciendo desde su creación en resguardo del derecho humano al voto, garantizará los términos que correspondan a los principios constitucionales que consagran a la República como un Estado democrático y social de derecho y justicia», añadió.

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