El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la sentencia N° 128 de la Sala de Casación Civil establece que se puede demandar y estimar honorarios y costos procesales en divisas extranjeras, pudiendo utilizar dólares estadounidenses.
Esta información la dio a conocer la Asociación Civil “Acceso a la Justicia” Observatorio Venezolano de la Justicia, a través de su cuenta de Twitter, donde la sentencia emitida por el TSJ del 27 de agosto estableciendo que “ordena admitir la acción de estimación e intimación de honorarios profesionales efectuada en moneda extranjera”.
La sentencia fue dictada sobre ponencia del magistrado vicepresidente de la Sala de Casación Penal, Francisco Velásquez Estévez.
Esta sentencia responde a una demanda de casación interpuesta contra una decisión del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que negaba el cobro de honorarios profesionales por asesoría legal en dólares.
Según Acceso a la justicia dicen que “Es de destacar que los jueces de primera y segunda instancia declararon respectivamente inadmisible la estimación de la demanda con relación a su estimación en dólares americanos”.
«Por su parte, el TSJ rechazó las sentencias de los jueces de primera y de segunda instancia, (y) admitió que sí se puede demandar en dólares y devolvió el expediente al juez de primera instancia para que lo admitiera cómo lo dice la Sala de Casación Civil», señala la organización.
EL Siglo.