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Sudeban estudia posibilidad de flexibilizar requisitos para apertura de cuentas bancarias

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La Sudeban estudia la posibilidad de flexibilizar los requisitos para la apertura de cuentas bancarias, con solo presentar la cédula de identidad laminada vigente o vencida, dirección del titular,  en caso de ser extranjero, debe contar con  el pasaporte, además del Rif legible y vigente.

certificación de ingresos (atestiguamiento) cuando se trate de personas de libre actividad económica,  constancia de trabajo, cuando se trate de personas bajo dependencia laboral.

Se informa que la cuenta corriente o ahorro podrá movilizar la cantidad de 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicada por el Banco Central de Venezuela.

Esto significa que una persona natural podrá administrar mensualmente 700 euros, dado que es la moneda de mayor valor, y si esta estimación se pasa a dólares, en promedio, podrá reservar $757.

En otros tipos de cuenta de estas mismas características pero nivel 2, los usuarios podrán movilizar mensualmente montos superiores a la cantidad de 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el BCV, es decir, por encima de los $757 dólares, aproximadamente.

Para abrir cuentas en moneda extranjera sí se mantendrán los mismos requisitos, limitaciones y montos de los niveles determinados, de acuerdo a su equivalencia, según el tipo de cambio establecido por el BCV.

Para abrir cuentas bancarias de cualquier tipo será indispensable una entrevista con el solicitante, la cual podrá ser realizada de forma presencial o a través de medios virtuales: videollamada, videoconferencia, entre otros, los cuales deben estar certificados por la Sudeban.

«En cuanto a las Personas Jurídicas se mantendrán los requisitos establecidos en la precitada Resolución (…) el incumplimiento de lo antes dispuesto será sancionado conforme a lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, sin perjuicio de las medidas administrativas e instrucciones que este Ente Supervisor pueda imponer en atención a sus competencias», reza el documento.

Fuente: versionfinal.com.ve

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