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Ley de Protección de los Activos contempla hasta 20 años de prisión

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La Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, sancionada por la Asamblea Nacional la semana pasada, ya fue promulgada este lunes 22 de mayo por el presidente Nicolás Maduro.

“Un nuevo instrumento legal, jurídico, constitucional para proteger los bienes y patrimonios que le pertenecen a todos los venezolanos y venezolanas. Con el poder que me da la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como presidente de la república, jefe de Estado y de Gobierno, procedo a firmar, a extender la aprobación de esta ley tan importante para el patrimonio. Cúmplase”, dijo Maduro.

Durante su participación en la quinta edición del programa “Con Maduro +”, el presidente de la Comisión Permanente de Política Interior, diputado Diosdado Cabello, destacó que esta Ley se complementa de manera perfecta con la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, promulgada por el presidente Maduro el pasado 28 de abril.

Cabello destacó que esta normativa jurídica tiene 13 artículos y su objetivo es proteger los activos de la nación y también garantizar al pueblo de Venezuela la justicia inmediata con respecto “al embargo que hace Estados Unidos de Citgo y la entrega de recursos, por parte de la nación estadounidense, a la extinta Asamblea Nacional”, puntualizó.

Asimismo, se refirió a los artículos 8, 9, 12 y 13 de la ley promulgada; el primero declara la nulidad de cualquier acto que pretenda confiscar los bienes de la República, el siguiente obliga a todos los venezolanos a proteger estos activos, mientras el 12 y 13 tienen que ver con las responsabilidades individuales.

Durante la primera discusión de la Ley, el pasado 2 de mayo, el presidente del Parlamento Nacional, Jorge Rodríguez, advirtió que si representantes de la oposición “no renuncian a las dádivas de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC), irán contra sus bienes en Venezuela”. Recalcó que también sería aplicada contra ellos la recién sancionada Ley Orgánica de Extinción de Dominio que permite confiscar bienes que se determinen como provenientes del delito.

El artículo 12 establece la responsabilidad penal contra quienes usurpen funciones o se atribuyan ilegítimamente la representación del Estado en el manejo y defensa de activos en el exterior. El objetivo de la ley es proteger los activos nacionales en el extranjero y habilitar sanciones ejemplarizantes para aquellos que intervengan en la usurpación de bienes del país.

Las responsabilidades penales se aplicarán “incluso a profesionales del derecho que participen directa o indirectamente en tales actos”, indica una nota de prensa divulgada por la Asamblea Nacional. Otro de los puntos esenciales de la normativa es que “califica las acciones de despojo contra el patrimonio nacional como actividades de delincuencia organizada”.

Esta reglamentación es complementaria de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, promulgada por el ejecutivo en abril, que busca identificar y recuperar los bienes obtenidos de forma ilegal y el retiro de los derechos relativos al dominio sobre los mismos. El Gobierno de Venezuela pretende así reforzar las herramientas jurídicas para la protección de su patrimonio en el exterior en medio de las fuertes discrepancias con el accionar del Gobierno de EEUU sobre la empresa Citgo, filial de la estatal Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) con sede en Washington.

En su artículo 8, expone que será declarada inexistente e ineficaz cualquier negociación, oferta, acuerdo, compromiso o acto de enajenación o disposición realizado en torno a cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicadas en el extranjero, por parte de personas que pretendan usurpar o atribuirse la representación de la República o sus entidades.

El artículo 11 indica que también enfrentarán responsabilidades penales los profesionales del derecho que participen de estos actos: serán sancionados con pena de quince (15) a veinte (20) años de prisión. Esta normativa establece la sanción penal, conforme a la Constitución y la ley vigente, de quienes usurpen o se atribuyan la representación de Venezuela en el exterior. Además, sus bienes serán objeto de extinción de dominio.

Y el artículo 13 de la mencionada ley establece sanciones penales para quienes “usurpando o atribuyéndose la representación de la República o sus entidades, participe de cualquier modo en actuaciones, negociaciones, ofertas, acuerdos, compromisos o actos de administración, enajenación o disposición sobre cualquier activo, derecho o interés de Venezuela o sus entidades ubicadas en el extranjero o en el territorio nacional”.

Sanciones contra Venezuela

Sobre Venezuela se han impuesto, hasta el momento, 930 medidas coercitivas unilaterales, según el registro del Observatorio Venezolano Antibloqueo. Esto ha causado un daño que supera los 630.000 millones de dólares, según el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez.

Tanto el Gobierno como la Organización de Naciones Unidas (ONU) han afirmado que este tipo de medidas han tenido un efecto “devastador” y “catastrófico” sobre los venezolanos.

Del total de sanciones, 441 han sido emitidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en ingles), perteneciente al Departamento de Estado de EE.UU., cuyas actuaciones contra el país suramericano han sido catalogadas de “violatorias”.

La vicepresidenta Ejecutiva, Delcy Rodríguez también detalló que entre 2015 y 2020, el país dejó de producir 4.000 millones de barriles de crudo, debido al boicot ejecutado contra la industria petrolera, lo que se traduce en 232.000 millones de dólares que no ingresaron a Venezuela.

Con información de El Regional del Zulia/Globovisión Noticias.

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